6 oct 2024

1967 NORMATIVA PARA LA CIRCULACIÓN DE CARROS

NORMATIVA PARA LA CIRCULACIÓN DE CARROS
El 4 de Abril de 1967 el Pleno del Ayuntamiento de Villena da cuenta del expediente que se está instruyendo en esos momentos con vistas a modificar el contenido del artículo 26 de las "ORDENANZAS DE POLICÍA URBANA Y BUEN GOBIERNO DE LA CIUDAD" en el punto concerniente a la circulación de carros. El ambicioso plan de pavimentación general de la ciudad puesto en marcha por la Corporación local, había llevado a adoptar esta medida, con la que se prohibiría la circulación por el casco urbano de los vehículos de tracción animal que no fueran provistos de llanta de goma, sin que pudieran hacerlo los de llanta metálica. El Ayuntamiento dictaría un bando anunciando el día de inicio de la prohibición, abriéndose entretanto un periodo informativo dirigido a los agricultores.
 Asfaltado de calles en 1966
Además, el artículo 26 de la expresada ordenanza, ordenaba a los conductores de vehículos de tracción animal que cuando transitasen por zona urbana, habrían que conducir a mano las caballerías, a menos que se cumplieran a la vez las condiciones siguientes: que las caballerías llevaran bocados; que los carruajes dispusieran de muelles colocados sobre los ejes y que el carruaje estuviera dotado del correspondiente freno manejable desde el interior del vehículo.
Información... José Sánchez Ferrándiz
Años 70

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