19 abr 2020

NECROLÓGICAS MAYO 2020. DESCANSE EN PAZ

MAYO 2020
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Jueves 28 de mayo de 2020
Ha fallecido...   SOFIA NAVARRO LÓPEZ
A los 3 años de edad.
Hija de Rubén "El Escayolista" y de Yesica López
Entierro...  viernes 29 de mayo a las 11.30 horas
Parroquia de... SANTIAGO
TANATORIO SAN JOSÉ - Sala 4
NOTA: POR MOTIVO DEL COVID-19, QUEDA RESTRINGIDO EL ACCESO A LOS VELATORIOS A 10 PERSONAS, EN SEPELIOS Y ENTERRAMIENTOS A 15 PERSONAS.
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Martes 26 de mayo de 2020
Ha fallecido...   ÁNGELA MUÑOZ CONEJERO
A los 83 años de edad.
"La Peñona" viuda de Vicente "El Datilero"
Entierro...  miércoles 27 de mayo a las 10 horas
Parroquia de... NTRA. SRA. DE LA PAZ
TANATORIO SAN JOSÉ - Sala 5
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Domingo 24 de mayo de 2020
Ha fallecido...  ISABEL GARCÍA ALGARRA
A los 92 años de edad.
Isabel "La Esparza" Pulimentadora, viuda de Juan Amorós Micó
Entierro...  lunes 25 de mayo a las 10 horas
Parroquia de... SANTA MARÍA
TANATORIO SAN JOSÉ - Sala 5
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Miércoles 13 de mayo de 2020
Ha fallecido...  JOSÉ MUÑOZ MORILLA
A los 62 años de edad.
"Morilla"
Entierro...  jueves 14 de mayo a las 10 horas
Parroquia de... SANTA MARÍA
TANATORIO SAN JOSÉ - Sala 5
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Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
Por todo ello, y en atención a la actual situación epidemiológica de la crisis sanitaria, procede flexibilizar determinadas medidas para determinadas unidades territoriales.
En el ámbito social, se permite circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada. Asimismo, se flexibilizan las medidas para la contención de la enfermedad aplicables a los velatorios y entierros, establecidas por la Orden SND/298/2020, de 29 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales en relación
con los velatorios y ceremonias fúnebres para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, siempre que se respeten las condiciones de prevención e higiene establecidas en esta orden. Igualmente, se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un tercio de su aforo.
Artículo 8. Velatorios y entierros.
1. Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo en cada momento de quince personas en espacios al aire libre o diez personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
2. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
3. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas
por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.
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